Indemnizaciones 3R: ¿aplica en Disturbios o Motín?

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Saber cómo conviene la indemnización también es oportuno, sobretodo en tiempos de inflación. La aseguradora lo sabe y nosotros (asegurado + corredor de seguro) que estamos administrando riesgos por la estabilidad de las finanzas, también.

Por eso, vale tocar preventivamente y a fin de mejorar la gestión de riesgos la proyección de cómo se podría manifestar la indemnización para cualquiera de las incertidumbres contratadas. Y esto es, construir las expectativas según ese velo inflacionario que tienen las economías.
Lo primordial a revisar es la suma asegurada: que puede ser bandera de indemnización en dinero, ó si las partes lo consienten, se aplica el derecho solícito de la aseguradora de presentar la propuesta de indemnización con cualquiera de las “3R”: Reconstrucción, Reposición o Reparación.Cualquiera de las 3 aplica maravillosamente bien si indemniza a satisfacción considerando las sumas aseguradas.
¿Cuáles serían las coberturas auxiliadas por esta cláusula?
Todas las patrimoniales: desde Incendio, Motín, Terremoto, Sismos, Temblores, Daños Maliciosos, Robos, Caída de Rayos, Inundación, Daños por agua, Roturas de Vidrios, Infidelidad de Empleados, hasta Disturbios Laborales…etc.
Ahora, ¿Qué tienen que ver las Sumas Aseguradas con cualquiera de las indemnizaciones 3R: Reconstrucción, Reposición o Reparación?
Si bien la aseguradora tiene el derecho de reparar, también es verdad que si reponer le resulta viable, pues, sin lugar a dudas preferirá reponer o simplemente pagar el dinero a los asegurados antes que reparar o reconstruir para evitar procesos latosos mientras ve el semáforo que le advierte con precisión: la Suma Asegurada.
De allí es dónde nace la importancia de la pluralidad de opciones para la tranquilidad del asegurado a la hora de recibir las indemnizaciones, la importancia vital para garantizar el soporte de beneficios mientras que la asesoría va revisando los vericuetos laterales (previa contratación) que suman montos a la indemnización para el asegurado, como por ejemplo, las coberturas adicionales, entre otras.

La Pluralidad de pólizas vinculadas para sumas aseguradas

Desarrollar la gestión patrimonial en base a posibles resultados con sus mecanismos y accesorios, con los pilares que permiten proyectar escenarios para prever: y esto es: hablar de dos vertientes con posibilidad de asegurarse: la indemnización y el capital que sirve de estribo en familias que crecen patrimonialmente.

Y si bien se ha reconocido lo dicho sobre cuánto y cómo indemnizar tal o cual bien asegurado, también es verdad que hay mucha materia para abarcar la administración de riesgos y que aquí tratamos de hacerlo práctico; de allí que es obligatorio mencionar en estos tiempos de inflación qué significa la pluralidad de seguros en su rol de proteger las sumas aseguradas que viene siendo en definitiva el producto de la inversión del asegurado.

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Esta pluralidad en la actividad aseguradora es el ejercicio usual que cubre lo que en el presente es carestía rutinaria efecto de la inflación, es decir, estabilidad de precios de transacción y que para éste particular subyace bajo la cúpula de Riesgos y que también, vale decir, puede presentarse en cualquier otro país con variaciones de precios por efectos comerciales propios o ajenos dejando el bien o patrimonio asegurado bajo empañadas manchas del infraseguro.

¿Cómo solucionar lo de las sumas aseguradas en los riesgos más probables?

Para solucionar eso, quienes practican pluralidad de seguros lo que hacen es contratar capas de refuerzo (coberturas) sobre un mismo riesgo, lo cual es totalmente aprobado por la normativa. Y si desglosamos el tipo de exclamaciones recurrentes en quienes abordan la pluralidad actuarial sobre eventos accidentales y asegurados,dilucidamos cómo se ejerce en el día a día:

  1. En primer lugar, Si puedesaplicar varias pólizas sobre un mismo riesgo, sea patrimonio, vida, salud, vehículos o personas. Es actuación de quien administra riesgos, y la intención de tal acción es para fortalecer la capacidad de indemnización (la prestación que recibirá el asegurado).
  2. Ni dolo, ni lucro: la pluralidad de seguros está contemplada en la actividad aseguradora y permite, como todo su alcance: garantizar el bienestar de los asegurados.
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    Jesus Soto / nytimes.com

  3. Luego, la indemnización si tiene orden, y depende del riesgo sucede según la cronología de las contrataciones.
  4. ¿Y cuánto es el resarcimiento pecuniario por cada aseguradora? Hasta alcanzar la suma asegurada indicada en cada póliza correspondiente y en relación al monto necesario para reponer. En casos patrimoniales siempre sugiero revisar las coberturas que complementan las indemnizaciones para añadir ese refuerzo patrimonial que espera el asegurado: es la compensación que indemniza y es contratación que se hace con la finalidad preventiva de amplificar la capacidad al asegurado: o sea, es dinero adicional para el asegurado y cuya inversión es superficial.

Espero esto ayude a mejorar tu administración de riesgos y si bien las sumas aseguradas es el punto de partida, luego viene el resto de los detalles que se enlazan al servicio para reforzar el desenvolvimiento y la dicha entre proveedores y el asegurado.

@seguros9

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