Protección versus Inversión

“No podemos permitirnos vivir sin estar protegidos de manera adecuada.”

George S. Glason

El Bank of America la banca comercial más grande de los Estados Unidos en cuanto a depósitos, y la más grande del mundo en su categoría, en uno de sus folletos, elaborado por Merrill Lynch una de sus filiales, para sus clientes llamado “Como Invertir” el cual responde a preguntas elementales o complejas sobre inversión, como parte esencial de su trabajo, consideran que todo el que pueda permitírselo debería invertir, pero recomiendan que la persona se haga tres preguntas fundamentales:
1. ¿Puedo hacer frente desahogadamente a mis gastos corrientes, de alimentación, vestido y vivienda?
2. ¿Estoy suficientemente asegurado para proteger a mi familia? 3. ¿Dispongo de recursos suficientes para cualquier contingencia que pudiese sobrevenir (enfermedades, accidentes graves y otros )? Si puede responder afirmativamente a las tres preguntas, es el momento de pensar seriamente en invertir su dinero sobrante. Se trata, por supuesto, de preguntas difíciles de responder, pues no hay ninguna fórmula matemática que determine cuánto es suficiente para una necesidad determinada. Lo que a uno le parece adecuado, apenas es mucho para otro.
Analicemos, por ejemplo, el instrumento creado por la sociedad llamado seguro de vida, mediante el cual se reparte entre un número de personas el desastre económico producido por una pérdida individual, para que esa pérdida incida en una proporción relativamente menor sobre cada uno de los componentes de un grupo de individuos. El seguro de vida garantiza una indemnización que viene a compensar la falta de continuidad de ingresos que significa la cesación de la vida.
Necesita saber si su seguro de vida es suficiente para las necesidades particulares de su familia. Existen distintas clases de seguros de vida. Todas ellas ofrecen una forma de protección, núcleo fundamental del seguro de vida: el pago de un capital o renta a los beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado, ya sea por enfermedad o accidente. El seguro de vida es el único que proporciona esta protección y nada más. El capital pagado por el seguro de vida no paga impuestos sobre sucesiones, está fuera del computo de la herencia, es un dinero que va líquido a los beneficiarios. Cuando el tomador del seguro hubiese designado como beneficiario a su cónyuge o a sus descendientes, el derecho de los beneficiarios o del tomador, no pueden ser embargados o incluidos en la quiebra o en la cesión de bienes del tomador, quedando a salvo los derechos de prenda eventualmente constituidos.
Las Primas a depositar en los distintos planes de seguro de vida varían según la condición e importancia de los beneficios que ofrecen.
La mayor parte de los seguros de vida son en sí mismos una forma de inversión de carácter muy conservador. A petición del tomador de la póliza la empresa de seguros deberá otorgar valores de rescate o transformar en un seguro saldado (seguir asegurado de por vida pero por un monto menor) o seguro prorrogado (seguir asegurado por el mismo monto pero por un período de tiempo determinado) desde luego siempre que existan valores de rescate.
Uno de los consejos que estos asesores de inversión dan es que considere que cantidad de dinero o de efectos públicos fácilmente negociables, habrá de tener disponible para poder hacer frente a gastos imprevistos. Si tiene una buena póliza de accidentes o salud que cubra los gastos de hospitalización, cirugía y honorarios médicos entre otros, es evidente que su reserva en efectivo no ha de ser tan importante como si no disfrutase de esta protección. Pues para nadie es un secreto que los costos médicos son muy altos y muchas complicaciones de salud de una persona o un familiar cercano a destruido todo su patrimonio. Enfermedades llamadas graves, críticas o ruinosas tales como : cáncer, infarto al miocardio, derrame cerebral, insuficiencia renal, transplante de órgano vital (corazón, pulmón, páncreas, hígado y médula ósea), parálisis, esclerosis múltiple y quemaduras graves han llevado a personas a vender sus automóviles, viviendas y muchas cosas más. En algunas personas a medida que sus hijos vayan independizándose, es probable que los gastos familiares disminuyan considerablemente y se atrevan a invertir en cualquier instrumento financiero o de cualquier otra índole, pero hasta que ese momento llegue querrá asegurar su alimentación, vivienda, vestido, educación, vacaciones y salud.
Si sus ingresos actuales le permiten vivir con cierta comodidad, asegurarse suficiente y correctamente, entonces es el momento de pensar seriamente en invertir su dinero sobrante.


Fuente: www.macroeconomia.com

Diez cosas que debe saber sobre seguros solidario

Diez cosas que debe saber sobre seguros solidarios
 Ya fue publicada en Gaceta Oficial la normativa que regirá a las empresas y a los asegurados de las Pólizas de Seguros Solidarios. A continuación ofrecemos un práctico resumen de esta normativa:

> Podrán solicitar estas pólizas solidarias: jubilados, pensionados, adultos mayores, personas con discapacidad, enfermedades físicas o mentales y aquellos cuyos ingresos mensuales no superen las 25 unidades tributarias (Bs.F. 1900).
> Son asegurables el titular y sus dependientes

> Las primas de estas pólizas se podrán pagar de forma mensual, trimestral, semestral o anual.

> Los precios anuales de estas pólizas de salud van de Bs.F. 2.889 hasta un tope máximo por edad de Bs.F.7.223

seguro solidario salud

> La póliza de maternidad anual vale Bs.F. 2.925.
seguro de maternidad solidario
> La póliza de Accidentes Personales tiene cobertura de hasta 789,48 unidades tributarias y una prima anual de 1,52 UT.

Tabla seguro solidario accidentes personales
> La póliza de servicios funerarios alcanza hasta 263,16 unidades tributarias, con una prima anual de 0,59 UT.

> Los plazos de espera para el derecho a cobertura de la póliza son de un mínimo cuatro meses y máximo once. Salvo por accidentes o emergencias médicas, que no aplica espera alguna.

> La norma obliga a todas las empresas aseguradoras a emitir un porcentaje de este tipo de pólizas. (Salud 60%, accidentes personales 10% funerarios 10%)

> La norma entrará en vigencia a los 180 días continuos a su publicación. Es decir el 21 de marzo de 2012

Fuente: www. elmundo.com.ve

Normas que establecen el número mínimo de Pólizas de Seguros Asignadas a las Empresas de Seguros para la Comercialización de los Seguros Solidarios de Salud, Accidentes Personales y Funerarios

Gaceta Oficial Nº 39.762 del 21 de septiembre de 2011

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS
SUPERINTENDENCIA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA

Caracas, 19 de septiembre de 2011
Nº FSAA-002993
201º y 152º

El Superintendente de la Actividad Aseguradora, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 5 (numeral 2), 7 (numerales 2 y 8), 134 y 135 de la ley de la Actividad Aseguradora, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.990 Extraordinario del 29 de julio de 2010, reimpresa en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.481 de fecha 05 de agosto de 2010, considerando la importancia de regular de manera inmediata los aportes sociales de la actividad aseguradora, entendiéndose entre éstos como la suscripción de los Seguros Solidarios de Salud, Accidentes Personales y Funerarios, dicta las siguientes:

NORMAS QUE ESTABLECEN EL NÚMERO MÍNIMO DE PÓLIZAS DE SEGUROS ASIGNADAS A LAS EMPRESAS DE SEGUROS PARA LA COMERCIALIZACIÓN

DE LOS SEGUROS SOLIDARIOS DE SALUD, ACCIDENTES PERSONALES Y FUNERARIOS

Artículo 1

Las presentes normas tienen por objeto establecer el número mínimo de Pólizas de Seguros Solidarios de Salud, Accidentes Personales y Funerarios que las empresas de seguros están obligadas a suscribir y mantener durante el año 2012. Para los períodos subsiguientes la Superintendencia de la Actividad Aseguradora dictará el correspondiente acto administrativo.

Las personas a ser amparadas por las Pólizas de Seguros Solidarios son aquellas que pertenecen a la Población Asegurable.

Artículo 2

A los efectos de garantizar la inclusión de los sectores menos favorecidos al sistema asegurador y vista la facultad que tiene la Superintendencia de la Actividad Aseguradora de establecer las condiciones para la comercialización de los Seguros Solidarios, se define:

a) POBLACIÓN ASEGURABLE: Comprende a los jubilados, jubiladas, pensionados, pensionadas, adultos y adultas mayores, personas con discapacidad, personas con enfermedades físicas y/o mentales y las personas cuyos ingresos mensuales no superen el equivalente a Veinticinco Unidades Tributarias (25 U.T.).

b) REGISTRO ÚNICO DE SEGUROS SOLIDARIOS (R.U.S.S.): Es el mecanismo destinado a la recopilación de la información relacionada con las emisiones, renovaciones, suscripciones mínimas, siniestro, prestación de servicios y cualquier otra referida a los Seguros Solidarios.

c) NÚMERO DE PÓLIZAS DE SEGUROS SOLIDARIOS: Es la suma de las Pólizas de Seguro Solidario emitidas o renovadas por la empresa de seguros.

Será considerada como una sola Póliza de Seguro Solidario cuando una persona figure como asegurado titular en una o más de las diferentes Pólizas de Seguros Solidarios en la misma o en cualquier otra empresa de seguros. En caso que se contrate en diferentes empresas de seguros se reconocerá, para la suscripción mínima, a la primera empresa que emitió la Póliza.

Una persona no podrá figurar como Asegurado, titular o dependiente, en más de una póliza de seguro solidario del mismo ramo, en la misma o en cualquier otra empresa de seguros.

d) SUSCRIPCIÓN MÍNIMA DE SEGUROS SOLIDARIOS: Representa el número mínimo de Pólizas de Seguros Solidarios asignadas a las empresas de seguros. Únicamente serán contabilizadas como Pólizas de Seguros Solidarios, para efectos de alcanzar el referido número, las pólizas emitidas o renovadas a personas cuyos ingresos mensuales totales, independientemente del concepto, no superen el equivalente a Veinticinco Unidades Tributarias (25 U.T.), siempre que éstas no estén amparadas por cualquier otra póliza que cubra el mismo riesgo, salvo que se trate de una cobertura en exceso de la suma asegurada de la referida Póliza de Seguro Solidario. Las empresas de seguros están obligadas a ofrecer y suscribir Pólizas de Seguros Solidarios a cualquier persona que forme parte de la Población Asegurable.

Artículo 3

Las empresas de seguros están obligadas a suscribir y mantener en los Seguros Solidarios de Salud, Accidentes Personales y Funerarios durante el año 2012, el número mínimo de pólizas que se detalla a continuación:

DISTRIBUCIÓN POR EMPRESAS DE SEGUROS PÓLIZAS DE SEGUROS SOLIDARIOS 2012 Empresa Número de Pólizas Solidarias Horizonte, C.A. Seguros 595 Previsora, C.N.A. de Seguros La 469 Caracas de Liberty Mutual C.A. Seguros 468 Mercantil Seguros, C.A. 464 Mapfre La Seguridad, C.A. de Seguros 450 Occidental, de Seguros. C.A. La 321 Banesco, C.A. Seguros 291 Constitución, C.A. Seguros 285 Multinacional de Seguros, C.A. 247 Qualitas, C.A. Seguros 241 DISTRIBUCIÓN POR EMPRESAS DE SEGUROS PÓLIZAS DE SEGUROS SOLIDARIOS 2012 Empresa Número de Pólizas Solidarias Caroní C.A. Seguros 129 Altamira, C.A. Seguros 106 Pirámide, C.A. Seguros 75 Venezolana de Seguros y Vida, C.A. La 71 Aseguradora Nacional Unida Uniseguros, S.A. 62 Estar Seguros, S.A. 61 Iberoamericana de Seguros, C.A. 61 Zurich, S.A. Seguros 54 Nuevo Mundo, S.A. Seguros 50 Venezuela, C.A. Seguros 50 DISTRIBUCIÓN POR EMPRESAS DE SEGUROS PÓLIZAS DE SEGUROS SOLIDARIOS 2012 Empresa Número de Pólizas Solidarias Provincial, S.A. Seguros 50 Andes, C.A. Seguros Los 50 Federal, C.A. Seguros 50 Canarias de Venezuela, C.A. Seguros 50 Catatumbo, C.A, Seguros 50 Carabobo, C.A. Seguros 50 Fe C.A. Seguros La 50 Guayana, C.A Seguros 50 Interbank, S.A. Seguros 50 Zuma Seguros, CA 50 DISTRIBUCIÓN POR EMPRESAS DE SEGUROS PÓLIZAS DE SEGUROS SOLIDARIOS 2012 Empresa Número de Pólizas Solidarias American International, C.A.de Seguros 50 Oriental de Seguros, C.A. La 50 Ávila, C.A. de Seguros 50 Universitas de Seguros, C.A 50 Transeguro, C.A, de Seguros 50 Virgen del Valle, C.A. Seguros 50 Bolívar, S.A. Seguros Comerciales 50 Internacional, C.A. de Seguros La 50 Oceánica, de Seguros, C.A. La 50 Adriática de Seguros, C.A 50 DISTRIBUCIÓN POR EMPRESAS DE SEGUROS PÓLIZAS DE SEGUROS SOLIDARIOS 2012 Empresa Número de Pólizas Solidarias Primus, C.A. Seguros 50 Universal de Seguros, C.A. 50 Hispana de Seguros, C.A. 50 Proseguros, S.A. 50 Vitalicia, C.A. Seguros La 50 Regional, C.A. de Seguros La 50 Corporativos, C.A. Seguros 50 Bolivariana, S.A. de Seguros y Reaseguros 50 Mundial, C.A.V. Seguros de Crédito La 50

Artículo 4

Las empresas de seguros autorizadas para operar en los Ramos Generales, y Vida simultáneamente, deben suscribir un Porcentaje Mínimo de Pólizas de Seguros Solidarios, por tipo de seguro, de acuerdo con la siguiente distribución, aplicable al número mínimo de pólizas asignadas, según lo previsto en el Artículo 3 de las presentes normas:

TIPO DE SEGURO PORCENTAJE MÍNIMO SALUD 60% ACCIDENTES PERSONALES 10% FUNERARIOS 10% Las empresas Seguros Virgen del Valle C.A. y Seguros La Fe, C.A. deben suscribir un Porcentaje Mínimo de Pólizas de Seguros Solidarios, por tipo de seguro, de acuerdo con la siguiente distribución aplicable al número mínimo de pólizas asignadas, según lo previsto en el Artículo 3 de las presentes normas:

TIPO DE SEGURO PORCENTAJE MÍNIMO FUNERARIOS 100% Las empresas La Internacional de Seguros C.A y La Mundial, C.A.V. de Seguros de Crédito, deben suscribir un Porcentaje Mínimo de Pólizas de Seguros Solidarios, por tipo de seguro, de acuerdo con la siguiente distribución aplicable al número mínimo de pólizas asignadas, según lo previsto en el Artículo 3 de las presentes normas:

TIPO DE SEGURO PORCENTAJE MÍNIMO SALUD 60% ACCIDENTES PERSONALES 20%

Artículo 5

Las empresas de seguros verificarán y garantizarán que los asegurados titulares de las Pólizas de Seguros Solidarios sean, únicamente, personas pertenecientes a la Población Asegurable y deben formar el expediente de la Póliza del Seguro Solidario, con la documentación que demuestre la referida condición.

Artículo 6

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora podrá modificar, en cualquier momento, las condiciones previstas en las presentes normas.

Artículo 7

Las presentes normas entrarán en vigencia a partir de los ciento ochenta (180) días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Publíquese,

JOSÉ LUIS PÉREZ

Superintendente de la Actividad Aseguradora

Resolución Nº 2593 de fecha 3 de febrero de 2010


Fuente: tecnoiuris.com

Latinoamérica muestra avances contra legitimación capitales, según expertos

Los países de América Latina han logrado "grandes avances" en los últimos años para fortalecer su marco jurídico contra la legitimación de capitales, destacó hoy en Caracas la presidenta del Grupo de Expertos para el Control del Lavado de Activos, Annalibe Ruiz.

"Yo creo que las jurisdicciones de los países que conforman Latinoamérica hemos venido realizando grandes avances, grandes esfuerzos", dijo Ruiz a Efe durante la XXXIII reunión de ese organismo, dependiente de la Comisión Interamericana para el Control de Abusos de Drogas (Cicad), que se inició en la capital venezolana.
Durante el encuentro de dos días y en el que Venezuela asumió la Presidencia de ese grupo, los expertos buscan desarrollar e implementar "contramedidas" para "minimizar" el riesgo de la legitimación de capitales a partir de las medidas adoptadas en sus países.
"Puedo ver cómo los países, independientemente de su economía, de su número de habitantes, de su situación política, lo que buscan es fortalecerse y minimizar este tipo de riesgos", resaltó.
Señaló que están trabajando en un proyecto de intercambio de información entre organismos de investigación criminal y las unidades de inteligencia en el mundo, aunque no ofreció más detalles.
Indicó que preparan la planificación estratégica para el próximo año del grupo de expertos dentro de la Cicad, un organismo creado en el seno de la Organización de Estados Americano (OEA) para afrontar el tráfico de drogas y sus consecuencias en los países miembros.
Ruiz advirtió de que "la legitimación de capitales no solo es producto del tráfico de drogas" y advirtió que hay otros delitos, como la delincuencia organizada, que "pueden derivar" en esta modalidad delictiva.
La funcionaria apuntó que la legitimación de capitales "es un delito trasnacional y no solamente se ha dado en América Latina", por lo que subrayó la importancia de que la región se integre para fortalecer su marco jurídico y ayudar a los países a que implementen medidas para prevenirlo. EFE

Fuente: http://www.bancaynegocios.com

VENEZUELA: Aseguradoras deberán ofrecer pólizas solidarias

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora publicó en Gaceta Oficial Nº 39.762 (del 21 de septiembre), las normas para la creación de "seguros solidarios de salud, accidentes personales y funerario". El objetivo es que jubilados, pensionados, adultos mayores y personas con alguna discapacidad (física o mental), cuyos ingresos mensuales no superen las 25 unidades tributarias (es decir, Bs.F.1.900) accedan a este tipo de servicios. Se estableció el mínimo de pólizas solidarias que deberá establecer cada empresa aseguradora. Y de la cantidad de pólizas asignadas, 60% como mínimo debe ser para seguros de salud, con cobertura anual de Bs.F.30.000. También se establece una cobertura obligatoria de Bs.F. 15.000 para maternidad y Bs.F. 20.000 para seguro funerario. Las aseguradoras deberán incluir tratamientos dentales (como consecuencia de accidentes o por concepto de rehabilitación), ambulancia terrestre e intervención quirúrgica por obesidad mórbida. Las pólizas de "seguro solidario" formarán parte de los aportes sociales que deberá hacer obligatoriamente el sector de las aseguradoras. Está previsto que estas empresas convengan, junto con los hospitales y organismos del Estado, un "baremo único de costos solidarios". Emen intentó conversar con José Luis Pérez, Superintendente de la Actividad Aseguradora, quien afirmó declarar para este medio en las próximas horas. Por su parte, Alesia Rodríguez Pardo, presidenta ejecutiva de la Cámara de Aseguradores de Venezuela (CAV), envió un comunicado señalando que dicha institución se encuentra "realizando los análisis técnicos y jurídicos correspondientes (de la ley), que le permita identificar las implicaciones del texto aprobado y publicado hoy, en comparación con los diferentes anteproyectos sobre Seguros Solidarios". En otras palabras, la CAV entregó, en su momento, sus observaciones y recomendaciones a la Superintendencia del sector, y ahora estudiará hasta qué punto éstas fueron tenidas en cuenta. Antecedentes Desde 2010, las compañías de seguros tratan de adecuarse a la Ley de la Actividad Aseguradora. Cabe señalar que, además de los seguros solidarios, la ley señala que las empresas del sector deben incorporar otra clase de riesgos a ser cubiertos en las pólizas, como los agrarios, los de las cooperativas y comunidades y los de turismo, "así como cualquier otro riesgo que responda a los intereses de protección por parte del Estado". Aunque esos términos aún no han sido notificados por la Superintendencia, muchos representantes de las aseguradoras piensan que será el paso que sigue. Implicaciones técnicas Días pasado, Emen entrevistó a Alesia Rodríguez Pardo, quien señaló que "desde 2006, la Cámara es impulsora de los seguros en los sectores desprotegidos de la población, pero entendemos que la definición de "seguros solidarios" por parte del gobierno, se confunde con seguridad social". (Se refería al conjunto de leyes de "seguros solidarios", no necesariamente solo a la norma que aplica a jubilados, pensionados, adultos mayores y discapacitados, que acaba de ser publicada). En ese entonces (unos 8 días atrás aprox.), Rodríguez advirtió que el concepto de "seguros solidarios" que manejaba el gobierno no solo se refería a proteger los sectores vulnerables, por lo que cuestionaba su alcance. Rodríguez también comentó que "existen muchas formas de apoyar a la población, pero sin comprometer las finanzas de las aseguradoras". A su entender, se están estableciendo medidas que aparentan beneficiosas para el conjunto social, pero que generan pérdidas técnicas al sector (estimadas en 40% en 2010, según la CAV). "Si los seguros solidarios tienen implicaciones financieras no realistas, no tendrán viabilidad en la práctica y quizás no sean sostenibles a largo plazo", agregó. El temor ahora es que los servicios que se presentan como "humanitarios y justos", terminen empujando a las aseguradoras a recortarse, en lugar de expandirlas. En base a esas observaciones, la CAV hizo planteos específicos a la Superintendencia, antes de la publicación de esta ley. Pero aún no se pronuncia sobre si éstos fueron o no considerados en el texto que acaba de aparecer en Gaceta Oficial. La CAV declarará en los próximos días, según anuncia. Lo invitamos a ver la actualización de este tema en nuestra página web: www.elmundo.com.ve


Fuente:entornointeligente.com

Ahorra con un seguro de vida

Los seguros de vida con opción de capitalización, son la mejor opción cuando se trata de mejorar la protección y el futuro de tu familia.

Si estás pensando en ahorrar pero no sabes dónde, considera a los seguros como una opción de ahorro.

Estos productos pueden ayudarte a ahorrar y cumplir tus metas, al mismo tiempo en el que tendrás la tranquilidad de sentirte protegido.

Según cifras de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), en México, sólo 20 por ciento de la población considera tener el hábito del ahorro; sin embargo, se desconoce si lo hacen de manera consistente, disciplinada y con una visión de mediano y largo plazo.

Asimismo, la mayoría de estos mexicanos optan por mecanismos informales como las tandas o debajo del colchón, lo que representa un riesgo para los ahorradores, además de que no genera ningún rendimiento sobre los recursos invertidos.

Aunado a esto, más de 80 por ciento de los mexicanos están expuestos a sufrir un desequilibrio económico ante situaciones imprevistas, como accidentes o enfermedades, que pueden derivar en invalidez o fallecimiento de alguno de los integrantes de la familia.

De acuerdo con cifras de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) sólo 18 de los 106 millones de personas en el país, cuentan con una cobertura de vida.

Además, cuando una familia enfrenta una situación por invalidez o fallecimiento, el ingreso promedio del hogar puede disminuir hasta en un 56 por ciento.

Para contratar un seguro de vida, el agente o representante de la aseguradora te solicitará información como edad, sexo, estado civil y domicilio, entre otros. Necesitas especificar el seguro que deseas contratar, y leer muy bien las condiciones del contrato antes de firmar.

Es importante ser muy honesto al momento de ofrecer información sobre tu historial clínico y tus principales hábitos.

Al nombrar a los beneficiarios, es decir, los familiares a los cuales se les otorgará la suma asegurada en caso de fallecimiento del contratante, es indispensable otorgar nombres completos y correctos, así como el porcentaje de la indemnización que el titular les asignará.

Al recibir el contrato de seguro de vida y las condiciones generales deberán verificarse para evitar errores, además de que es importante dar aviso al cónyuge y/o hijos mayores de 18 años los detalles de la póliza.

De este modo, los seguros de vida con opción de ahorro brindan protección a la familia en caso de fallecimiento del titular, así como la posibilidad de ahorrar durante un tiempo determinado.

En el mercado existen productos que ofrecen incluso opciones para conocer los rendimientos desde el momento en que se invierte.

De este modo, puedes tener una inversión “garantizada”, en donde independientemente de las turbulencias financieras el cliente puede tener la certeza de que al cabo de un determinado plazo tendrá la cantidad acordada; y otra opción, que si bien es más económica, permite fijar una aportación mensual, cuyos rendimientos dependerán de las opciones de inversión que se elijan.

Por ejemplo, si una persona determina que al cabo de 30 años requiere haber ahorrado un millón de pesos, se establece un monto mensual de 5 mil 600 pesos.

Si antes del vencimiento de este plazo, el asegurado llegara a fallecer, la familia recibirá la suma por la que estaba asegurado; así como el monto total que tenía ahorrado hasta ese entonces.

En el caso de los seguros de vida bajo la modalidad de capitalización, la compañía de seguros pagará al asegurado un capital al vencimiento del contrato a cambio de la obligación de realizar el pago de primas periódicas durante la vigencia del contrato.

Asimismo están los seguros de jubilación, a través de los cuales se realiza un pago hasta que el asegurado alcance la edad de su jubilación y que puede integrar un plan de pensiones; además el seguro dotal mixto, el cual se integra por un seguro de riesgo y un seguro de ahorro, por lo que si el asegurado fallece antes del plazo previsto, se entregará a sus beneficiarios la indemnización estipulada y si sobrevive se le entregará la suma asegurada.

El seguro de vida universal, combina el proceso de capitalización y el seguro temporal renovable, lo cual lo convierte en un plan de ahorro.

El seguro en caso de fallecimiento, el beneficiario recibirá la suma asegurada cuando se produzca el suceso, ya sea por causa natural o accidental.

Fuente: larazon.com

Costa Rica: Ley del contrato de seguros entra en vigencia

La Ley reguladora del contrato de seguros (número 8.956) fue publicada este 12 de setiembre en el diario oficial La Gaceta, con lo que inicia su vigencia sobre las nuevas pólizas de seguro que se constituyan a partir de hoy.
Esta ley regula aspectos como lo que se considera asegurable, el contenido de las cuotas , crea un registro de beneficiarios de pólizas de vida y una serie de limitaciones de lo que las empresas aseguradoras pueden exigir a sus clientes.
El texto fue aprobado por la Asamblea Legislativa desde el pasado 2 de junio del 2011.
Con esta nueva legislación, se establece la clasificación de los seguros por su tipo (daños, incendio, transporte, responsabilidad civil y otros) y se definen condiciones de los seguros de vida.
Otorga, además, a la Superintendencia de Seguros la creación y administración de un registro de beneficiarios de pólizas de vida. Este servirá a la ciudadanía para consultar si en algún momento fueron designadas como beneficiarias .
Con respecto a las compañías aseguradoras, la nueva Ley delimita parte de las condiciones que pueden exigir a sus clientes, o bien los alcances de sus responsabilidades. Por ejemplo, en el caso de los seguros para gastos médicos, las firmas podrán solicitar exámenes médicos a las personas, pero el costo de estos deberá ser cubierto por el asegurador.
La Ley reguladora del contrato de seguros deroga la Ley de Seguros 11 de 1922 y la Ley de anualidad del seguro de incendio de 1925.

Fuente: http: www.elfinancierocr.com

Vamos por lo Seguro ” Entrará en nueva fase con cuñas de radio TV"

La campaña “Vamos por lo Seguro” que realiza la Cámara de Aseguradores de Venezuela (CAV) tomará un nuevo impulso hacia fin de año con cuñas en radio y tv, según informó Alesia Rodríguez, su presidenta ejecutiva.La iniciativa busca orientar a la población e intermediarios sobre el uso responsable del seguro, y la importancia de elegir el servicio que más se adecúa a las necesidades y las opciones del mercado.La campaña arrancó en octubre de 2010, con materiales impresos, foros y charlas sobre el tema. “Ahora entraremos en una nueva fase, con piezas publicitarias y micros institucionales, cuyo contenido se está trabajando en la cámara. También contamos con el apoyo de la agencia Nölck Red Américas”, explicó Rodríguez.Al alcance de todosExisten unas 13 millones de personas con seguros en el país (entre titulares y beneficiarios), según la CAV.Últimamente, ha aumentado el número de usuarios de sectores de bajos ingresos, así como de pólizas individuales (porque la gente busca mayor cobertura que la ofrecida en las modalidades colectivas).Sin embargo, la CAV considera que muchos de los artículos de la Ley de Seguros no favorecen al sector, sobre todo los que limitan los canales de distribución de los productos de las aseguradoras. “Se eliminó la figura de banca−seguro y las compañías ya no pueden colocar sus productos a través de la banca”, comenta Rodríguez a Emen.Según la ejecutiva, la velocidad del crecimiento del sector asegurador (logrado a través de la banca), se enlentecerá a partir de ahora.En cuanto a los seguros solidarios aclaró: “No ampliarán los servicios en los sectores de bajos ingresos como se cree. Están siendo planteados con implicaciones técnico−financieras no realistas, por lo que no serán sostenibles en el tiempo”, responde.La propuesta de la CAV es que se amplíen los canales de distribución de los productos del sector y que se revise, precisamente, la figura de seguros solidarios. “Hay mejores formas de acercar servicios a los sectores de bajos ingresos”, concluye.


Fuente: elmundo.com.ve

¿ 12 MILLONES DE ASEGURADOS ?


Notas de prensa recientes afirman que existen 12 millones de venezolanos con algún tipo de seguro médico privado ( 40% de la población). Gran parte son empleados públicos que desde hace algunos años gozan del beneficio. Sin embargo, las pólizas que ofrecen organismos públicos tienen una cobertura de hasta BsF. 60.000 que no cubren ninguna emergencia ni tratamiento duradero, por lo que un “seguro” no es. Llámenlo “ayuda al empleado”, “pago parcial de la salud” o como quieran; pero un seguro no es.
Los seguros sirven para protegernos del riesgo, para estar preparados contra eventos catastróficos inciertos y para redistribuir entre jóvenes y viejos, entre sanos y enfermos, entre pobres y ricos. De ahí a que sea necesario contar con un seguro que realmente cumpla con dicha función. Para esto se requieren pólizas con cobertura suficiente para cubrir casos catastróficos.
Pero no siempre es posible al empleador o la persona pagar la póliza ideal, por lo que tiene que hacer una elección. Simplificando, el precio de una póliza para un grupo de personas específico depende del monto de cobertura y deducible aplicado. Actualmente, las instituciones del Gobierno han optado por no cargar deducible a cambio de una póliza limitada. Esto lo considero un error; y los empleadores deberían buscar lo opuesto aumentando la cobertura sacrificando por pago de deducible. A nadie llevará a la quiebra un deducible de digamos, BsF. 5.000. Incomodo sí; pero lo cierto es que 5.000 se consiguen con las utilidades, se pide prestado o se organiza una rifa. En cambio, un evento catastrófico, incluida cirugía, tratamientos prolongados o una terapia intensiva pudiese llevar hasta la quiebra a una familia de clase media y aún pudiese no ser suficiente.
A los empleadores: hagan lo imposible por asegurar a sus empleados y sus familiares directos, así tengan que reducir otros beneficios, capacitación, convenciones anuales, etc.
A los trabajadores por cuenta propia, a los que sus empleos no tienen seguro y a los desempleados: hagan el esfuerzo o incluso endéudense para asegurar a sus familiares. Sé que suena fácil, y que a veces con el poco dinero con que se cuenta provoca darse un lujo y consentirse; en contraste con el pago del seguro médico que en muchos casos no se utiliza. Pero el bienestar que ofrece la seguridad de estar asegurado y el increíble abismo entre la salud pública y privada venezolana; deben ser incentivos suficientes para colocar el seguro médico en la prioridad del presupuesto familiar, solo pudiendo ser superado por alimentación y educación de los hijos.
En un mundo ideal, el Gobierno proveería un sistema de salud gratuito de calidad. Lamentablemente estamos muy lejos de eso en Venezuela; y cambiarlo es el reto pero va a tardar aun haciendo las cosas bien. Ni usted ni su familia pueden esperar ese cambio. Si no pregúntele a los ciudadanos de Canadá, España o los países nórdicos, donde a pesar de sus envidiables sistemas públicos de salud los seguros privados crecen año tras año.
Y al Gobierno, reconozca la situación actual de la salud pública y agradezca que exista la privada. Creen condiciones propicias para la inversión y reduzcan las barreras de entrada para nuevas aseguradoras serias. Solo aumentando la oferta actual se podrá frenar el aumento de los costos, mejorar el servicio y evitar el abuso.
Fuente: www.eluniversal.com

VENEZUELA: El sector asegurador se reacomoda en el país

La Cámara de Aseguradores de Venezuela (CAV) informó que la utilidad del sector asegurador nacional creció 15,9% durante el primer semestre de 2011 en relación a 2010. También registra un aumento sostenido en los niveles de siniestralidad en casi todos los ramos, principalmente por lo que a costos clínicos y médicos se refiere."Los siniestros pagados han aumentado por encima del incremento de las primas cobradas.A esto se suma el aumento de 36,5% de los gastos de administración durante el primer semestre de 2011", señaló Alesia Rodríguez Pardo, presidenta ejecutiva de la CAV.Según un estudio de Softline Consultores (basado en 47 empresas del sector), las diez compañías líderes concentran más de 70% del mercado. El "top 5" está encabezado por Seguros Caracas (con Bs.F. 2.250,23 millones y 14% del mercado), seguido por Mercantil (11%), Horizonte (casi 9%), Mapfre (casi 9%) y La Occidental (7%).Según Softline, las inversiones del sector asegurador totalizaron Bs.F. 27.320 al mes de mayo y las inversiones aptas para la representación de las reservas técnicas alcanzaron Bs.F. 20.146 millones (33% más que el año anterior).Por su parte, la CAV señala que la cobertura de reservas (indicador que muestra el respaldo que tienen las aseguradoras para dar cumplimento a sus compromisos con los asegurados) presenta solo una leve alza de un año a otro, aunque alcanza para responder al mercado, según expresa.En cuanto a las primas netas cobradas (siguiendo con Softline), estas totalizaron Bs.F. 16.010 millones en lo que va de este año hasta mayo (esto es, casi 26% más con relación al mismo período de 2010) y las reservas técnicas totalizaron Bs.F.14.938 millones (29,5% más que el mismo período del año anterior).Este estudio ubica al activo total de las compañías de seguros en Bs.F. 33.360 millones al mes de mayo (casi 37% más que el mismo período de 2010), los siniestros totales (pagados y pendientes) alcanzaron Bs.F.14.294 millones y los gastos totales del sector son Bs.F. 4.219 millones (31% más con respecto a mayo de 2010).De los seguros más conocidos (de vida, salud, carros, contra incendios, entre otros), el más comprometido es el de la salud.Las aseguradoras hacen grandes esfuerzos por sostenerse y dar un servicio adecuado, pero no les resulta fácil dado que existen fallas estructurales en el sistema nacional de salud que provoca desbalances, según altos voceros privados.El diputado Leonardo Flores (AD) dijo en la Asamblea Nacional del 9/8/2011 que "existe un total de 40 mil camas para pacientes en el país, de las cuales 4.000 corresponden al sector privado. Es decir, 90% de las camas corresponden a salud pública, y en el 10% restante, del sector privado, se atiende 40% de la población venezolana", lo que es visto como una desproporción.Una de las estrategias que han desarrollado algunas aseguradoras es subsidiar el negocio de la salud con los ingresos de otros ramos.Hipólito García, presidente de la Asociación de Clínicas y Hospitales Privados, declaró en diversas oportunidades que la situación se ha agravado por el aumento de los costos de insumos médicos y de las tasas de incobrabilidad de las clínicas (la incobrabilidad se elevó a 30% a partir de la eliminación de las "claves de emergencia")Impacto de la leyCon la aprobación de la nueva Ley de Seguros (el año pasado), las aseguradoras procuran adaptarse.La normativa establece incrementos del aporte en 400% a la Superintendencia, un aporte de 1% para el "Fondo del Sistema Público Nacional de Salud", la obligatoriedad de seguros solidarios, limitación de reaseguros, de reservas técnicas y custodia, así como la "eliminación de claves de emergencia" (sistema de corroboración de la existencia del seguro del paciente y su alcance, antes de su atención).Según declaró Alesia Rodríguez ante los medios, muchas aseguradoras han logrado recomponer sus estructuras de servicios, pero tienen que lidiar con muchas variables en contra.La situación se ha vuelto más compleja desde que se incrementaron los seguros colectivos de empleados públicos, que han migrado a las clínicas privadas.Voceros que prefieren no ser identificados sostienen en declaraciones a Emen que muchos ministerios están muy retrasados en sus respectivos pagos a las aseguradoras y el ciclo general del flujo de dinero se ve afectado.Un dato interesante de la Cámara de Seguros es que, a pesar de las dificultades, está aumentando el número de venezolanos que acceden al sistema de seguros en el país.Actualmente, las autoridades del sector público y privado del sector salud (aseguradoras incluidas) se encuentran en la actualidad analizando la estructura de costos tanto de las clínicas como en hospitales, en vista de que el gobierno hizo un llamado a "sincerar los precios" y a establecer un baremo que regulará la actividad.Esto se fundamenta en que existen precios de hospitalización y honorarios de médicos que resultan insostenibles para las pólizas.


Fuente: entornointeligente.com

VENEZUELA: Conocer el contrato firmado ayuda a evitar males peores

Para beneficiarse de los servicios que provee un seguro del hogar, de vida, automóvil, empresarial o sobre cualquier bien no es necesario que suceda un siniestro o hecho lamentable. Se puede hacer uso de las ventajas que aporta poseerlo. En otras palabras, no hay que esperar a morirse, chocar o que le roben el carro o que haya un incendio para hacer valer el seguro, sino que puede beneficiarse de los servicios extras que las pólizas ofrecen y para ello debe estar enterado de qué hacer, cuándo hacerlo y cómo hacerlo.Como parte de la campaña "Vamos por lo Seguro" que desarrolla la Cámara de Aseguradores de Venezuela, su presidenta Alesia Rodríguez comenta que el asegurado debe seguir las siguientes recomendaciones "para aprovechar de manera óptima sus pólizas y promover una cultura del seguro entre la población".Se busca promover en la familia la cultura del seguro, vale decir, asegurarse con tiempo y recordar que el seguro es un instrumento de cobertura preventiva ante el impacto económico que un percance pueda ocasionar, verificar que la compañía aseguradora y el intermediario de seguros que se va a contratar estén autorizados por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, elegir un seguro adecuado a su estilo de vida. Y para ello, es conveniente que se asesore con su intermediario o compañía de seguro.Rodríguez recomienda además aclarar todas las dudas con la empresa de seguros o su intermediario y exigir la clara explicación de la póliza y su alcance, ya que es su obligación informar y orientar al asegurado.Antes de firmar el contrato de la póliza, leer con detenimiento y verificar que los datos personales estén correctos y que todas las coberturas se ajusten a lo solicitado, ya que si algún beneficio no está descrito en el contrato no será cubierto.También es importante corroborar que el contrato contenga los elementos ofrecidos como parte del seguro, ya que si un ofrecimiento o evento no está incluido por escrito, no es parte del contrato.Entre otras consideraciones, Rodríguez recomienda conocer el detalle del alcance de la póliza, la cobertura y siniestros o eventos que cubre, tener presente las fechas de pago de prima y pagar a tiempo, para evitar quedar sin la protección.También estar informado sobre los datos de la póliza de seguros y nunca olvidar revisar las facturas emitidas por los proveedores de salud, si fuera el caso, para cerciorarse de que corresponden con los servicios que se reciban. Recomendó aprovechar el cuidado preventivo y detectar cualquier problema a tiempo. gdb


Fuente: entornointeligente.com

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"El seguro: progreso de nuestra civilización"