Hace algo más de tres años mencioné algunas de las condiciones que deben ser anunciadas a la aseguradora para procurar que la indemnización sea la esperada en caso de que pudieran surgir condiciones que alteren lo manifestado en la solicitud de emisión de póliza, o que pudiesen asumirse contrarias al principio de buena fé. Eso sigue siendo practica vigente y debe ser gestión sostenida. No obstante, el caso de hoy es el de las pólizas que pueden manifestar qué condiciones no califican de agravación. Pueden ser condiciones propias o ajenas a tus predios y riesgos asegurados, como también pueden ser los de tus vecinos, o de circunstancias momentáneas, transitorias.
¿Y cuales serían esas posibilidades de No Agravación?
Menciono 3 posibilidades por acá para no extender lo que corresponde a conversaciones de asesorías especificas y por lo que mencione en twitter:
B) Realizar gestión de riesgos es oficio continuo, bien distinto a la connotación sabida de que la póliza tiene plazos definidos para afirmar la gestión de indemnizaciones.
Entonces, si es oportuno ver esas 3 opciones:
- Cuando el siniestro no haya sido afectado por la presencia de condiciones no manifestada con anterioridad a la aseguradora o al contrato de la póliza.
- Cuando la ocurrencia de la condición no declarada exigida por la póliza haya servido para proteger los intereses de la aseguradora que vienen siendo los mismos que están asegurados; y,
- Cuando la aseguradora haya omitido la notificación de agravación en su momento oportuno.
Quienes diariamente estamos en esto de indemnizaciones prósperas sabemos que esas 3 opciones son recursos ‘plus’ establecidos en un documento: la póliza. Se abre un abanico de posibilidades que debemos atender con la solicitud de emisión y que son las que responden a esas indemnizaciones satisfactorias porque superan las omisiones (entre otras variables). Y también debido a que ejercemos la gestión de riesgos asegurados y porque financieramente forma parte de la proactiva disposición a la mejora continua que hace de la recuperación ante la incertidumbre en entornos de riesgos el reembolsofinanciero acorde a la realidad económica de quien invierte sin omitir el infraseguro. Para eso es este blog, para propender a la mejora de indemnizaciones.
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